Sobre este intercambio de ideas

(sobre los comentarios que algunas personas hicieron a la publicación anterior en el blog de www.asambleaconstituyente.gov.ec)

Agradezco los comentarios que varios ciudadanos y ciudadanas han hecho respecto de unas líneas que sustentan la tesis del poder constituyente. Como ustedes verán, desde los comentarios más críticos hasta los más optimistas se encuentran publicados porque eso enriquece el debate (los anonimos no estan incluidos, el debate exige tambien hacernos responsables de nuestras opiniones). En fin, intento comentar y responder las notas que he recibido a través de esta página.

PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO.
En efecto existe un debate teórico sobre cuál es el poder constituyente originario; hay autores que consideran que ese poder sólo es originario -por tanto ilimitado- cuando un Estado se organiza por primera vez, en su creación. Además de esta tesis existe otra, la que yo suscribo, de que el poder originario le pertenece al pueblo y este siempre puede decir cambiar parcial, o totalmente, su organización político - jurídica.

En artículo de mi autoria, publicado en marzo del 2007 (respondo tambien aqui sobre las exigencias de consecuencia, de acuerdo!) en Diario Hoy, precisamente me refería a este tema:

“Una de las grandes discusiones en la teoría constitucional es la aparente contradicción entre la necesidad de que el contrato social sea perdurable, tenga validez a lo largo del tiempo, pero la implicación que eso tiene de una “atadura” a las generaciones venideras a un contrato hecho por otros y en distintas circunstancias.
En la Declaración de Independencia, Jefferson sostuvo que: “Es derecho del pueblo alterar o abolir” una “forma de gobierno” que se haya vuelto “destructiva” de la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que son los principios fundamentales, los objetivos finales del pacto. Locke también se ocupó del tema: “Cierto es que cualesquiera compromisos o promesas que alguien haya hecho por sí mismo se encontrará bajo la obligación de ellos; pero no podrá, por ningún pacto que sea, atar a sus hijos o a la posteridad”.”

Resumiendo, si bien es cierta la necesidad de seguridad jurídica, de certezas en el ordenamiento y su institucionalidad, esta necesidad no puede impedir que los pueblos decidan organizar de una nueva y mejor manera. Siguiendo con exactitud la tesis de que el único poder constituyente originario hubiera sido el de 1830 para entrar en goce de los derechos de ciudadanía se requeriría: 1. ser casado, o mayor de veintidós años; 2. tener una propiedad raíz, valor libre de 300 pesos, o ejercer alguna profesión, o industria útil, sin sujeción a otro, como sirviente doméstico o jornalero; 3. saber leer y escribir. (Constitución de 1830, artículo 12)

Afortunadamente, el pueblo puede exigir para sí el poder constituyente originario y dotarse de nuevas normas; gracias a que el Ecuador lo ha hecho en varias oportunidades es que hoy hasta los niños y las niñas son ciudadanos y tienen derechos, gracias a la posibilidad de cambio y transgresión las mujeres podemos sufragar y ser electas; gracias a que hemos reconocido varios momentos originarios es que los pueblos indígenas y afroecuatorianos cuentan hoy con el reconocimiento de sus derechos.

REFERENDUM APROBATORIO

El sentido del referendum aprobatorio precisamente ratifica la soberanía del pueblo y que es su decisión (posterior a su delegación de representantes) la que definitivamente pone en vigencia un nuevo régimen. El texto de la Constitución entrará en vigencia dependiendo de los resultados del pronunciamiento soberano.

Además de ratificar así la titularidad del poder soberano el referéndum se convierte en un mecanismo de control político; más allá de la aprobación del texto final de la Constitución, los ecuatorianos y ecuatorianas harán una evaluación de todas nuestras decisiones. También eso nos anima y exige a actuar con total responsabilidad con el país y buscar los mejores mecanismos para lograr las transformaciones profundas que nuestro Ecuador requiere.

EL PAPEL DE LAS MINORÍAS.

Siempre he creído que defender las minorías cuando uno es minoría es casi inmediato, un acto de defensa propia… El momento para probar nuestro compromiso con una democracia en que cuentan las voces de la minoría es precisamente hoy que somos mayoría. Eso no puede significar ceder en las posiciones y tesis claves que diferencian a unos y otros, pero si debe entenderse como tener la apertura suficiente para escuchar las opiniones distintas, buscar las mejores alternativas para el país y reconocer las buenas propuestas vengan de donde vengan! Esa es la actitud que pretendemos tener y desarrollar durante la asamblea (la democracia no se aprende de memoria, se practica todos los días, más aún cuando significa des aprender muchos de nuestros comportamientos y prejuicios habituales).

Estamos en un momento de cambios, eso genera incertidumbre y espectativas, pero también nos da la oportunidad de ser parte de la construcción del Ecuador que queremos y merecemos: un Ecuador de derechos y no de privilegios, un Ecuador de justicia y oportunidades; participemos, críticos, informados, con responsabilidad pero también con optimismo!

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