Con transitoria o sin transitoria: la reforma constitucional es para darle más poder al poder.
La Asamblea Nacional creó hace aproximadamente un año, una Comisión
Ocasional para el trámite de reforma a la Constitución (el segundo desde su
vigencia hace siete años). Esta Comisión aprobaría esta tarde el informe para
el segundo debate en que el Pleno de la Asamblea debe aprobar o negar la modificación constitucional.
Algunas reflexiones sobre este trámite y
lo que más sorprende de él:
Durante este año la Asamblea ha realizado
reuniones en todas las provincias del país y ha usado su aparato de
comunicación para promocionar las enmiendas, no para debatirlas, que no es lo mismo. El debate implica el intercambio de opiniones distintas, el respeto a
los interlocutores que no coinciden con las tesis propias, la disposición a
cambiar de opinión. La publicidad es lo contrario, comunicación en un solo
sentido, no se pretende escuchar al otro y sus razones, sino persuadirlo,
convencerlo.
Los debates no han estado sobre la mesa.
Desde hace varias semanas, los legisladores hablan de la posibilidad de no
incluir una de las reformas o enmiendas y lo anuncian como resultado del diálogo. El único problema es que, a horas de que voten el
segundo informe, no sabemos cuál o cuáles serían los temas excluidos. Un debate
amplio y transparente incluiría el anuncio de qué temas se quedan fuera y por
qué.
Finalmente, el presidente Correa (también
hace pocos días) ha dicho que pedirá a la Asamblea que la reelección se autorice con una
fecha posterior a la que le permitiría una nueva candidatura inmediata –al
cumplir 10 años en el poder-. Nótese el eufemismo, a estas alturas nadie cree
que la relación entre el Presidente y la Asamblea sea una cuestión de
“pedidos”. Luego de que el Estado entero (en esta grave confusión que tiene el
régimen, entre Estado y partido) ha usado todos los medios a su alcance para
convencernos de que la reelección era buena, era democrática, era “ampliación
de derechos”, hoy nos explicarán que esta decisión es una concesión, una prueba
de sus convicciones democráticas, ¡por favor!
Luego de que varios asambleístas y
dirigentes han hecho “de tripas, corazón”, se han enredado y desenredado
buscando argumentos para la continuidad, la falta de alternancia, las reformas
constitucionales y electorales hechas para sí mismos; hoy cambian el libreto, no por
convicción sino por estrategia. ¿No les resultará difícil desdecirse tantas veces y de tantas formas?
Hoy la Asamblea, a través de la Comisión,
estará un paso más cerca de borrar una regla fundamental para la democracia: la
de ponerle límites al poder. La reelección, el control de la prensa a través de
la reforma de la comunicación, la autorización para que militares realicen
laborales regulares de seguridad ciudadana, la restricción para los casos de consulta
popular, la eliminación de facultades a la Contraloría; con transitoria o sin
transitoria son igual de graves. La Asamblea sigue en su línea de darle más poder al poder.
Muy de acuerdo Dra. Además es importante tener presente que el Ecuador fue sancionado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por hacer uso de las Fuerzas Armadas en el control delincuencial Caso Zambrano Vélez y otros vs. Ecuador, que entre otras situaciones señala: "51. Este Tribunal hace notar que en determinados estados de emergencia o en situaciones de alteración del orden público, los Estados utilizan las Fuerzas Armadas para controlar la situación. Al respecto, la Corte estima absolutamente necesario enfatizar en el extremo cuidado que los Estados deben observar al utilizar las Fuerzas Armadas como elemento de control de la protesta social, disturbios internos, violencia interna, situaciones excepcionales y criminalidad común. Tal como ha señalado este Tribunal, “los Estados deben limitar al máximo el uso de las fuerzas armadas para el control de disturbios internos, puesto que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar al enemigo, y no a la protección y control de civiles, entrenamiento que es propio de los entes policiales”.
ResponderEliminarAsi es Dra. Además hay que tener presente que el Ecuador fue sancionado por la Corte Interamericna de Derechos Humanos. Caso Zambrano Velez y otros vs Ecuador, por el uso de las Fuerzas Armadas en el control delincuencial y entre otras situcicoines en la sentencia señala: "51. Este Tribunal hace notar que en determinados estados de emergencia o en situaciones de alteración del orden público, los Estados utilizan las Fuerzas Armadas para controlar la situación. Al respecto, la Corte estima absolutamente necesario enfatizar en el extremo cuidado que los Estados deben observar al utilizar las Fuerzas Armadas como elemento de control de la protesta social, disturbios internos, violencia interna, situaciones excepcionales y criminalidad común. Tal como ha señalado este Tribunal, “los Estados deben limitar al máximo el uso de las fuerzas armadas para el control de disturbios internos, puesto que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar al enemigo, y no a la protección y control de civiles, entrenamiento que es propio de los entes policiales”.
ResponderEliminar