La Consulta Popular: preguntas y respuestas (1)

Para seguir en el debate sobre la consulta, estamos ensayando responder preguntas concretas sobre su contenido y alcance. Aquí las preguntas, entre paréntesis el usuario / a (twitter y facebook) que mandó su pregunta?


1. ¿por qué no se redactan leyes que protejan a todos los seres vivos y no solo poner lo de los toros para los votos en la consulta? (yrdep)
Efectivamente debería regularse en general lo relacionado con las normas sobre animales domésticos, las reglas básicas para crianza y faenamiento de los animales que consumimos (camales por ejemplo) y unas normas mucho más estrictas dirigidas a la conservación de las especies. La pregunta planteada en la consulta no recoge un enfoque general y no se refiere sólo a toros. La pregunta está destinada a prohibir “espectáculos públicos que tengan como finalidad la muerte de un animal” y tiene jurisdicción cantonal…es decir podría ser legal en un cantón y prohibido en el cantón vecino. No se refiere específicamente a toros y podría ser usado por las mayorías culturales para prohibir expresiones de pueblos indígenas (el gallo enterrado o parte de la celebración del Inty Raimi que también contiene algunos sacrificios de animales, para poner ejemplos)
2. Los anexos. Las preguntas son la entrada, ¿los anexos son el plato fuerte? (cveraq) (dan_gahe)
Efectivamente, las preguntas son generales y en algunos casos difícil de comprender su alcance; a través de los anexos las reformas son mucho mayores y además el Presidente se arroga funciones legislativas lo que implica una intromisión en funciones independientes (el Ejecutivo puede presentar proyectos de ley y objeciones cuando están aprobados –vetos-; por eso es un importante colegislador, pero redactar y “aprobar” directamente artículos en la Consulta excede esa facultad).
(Ya haremos más adelante un análisis detallado de los anexos)
3. ¿El pueblo tiene el derecho de cambiar la constitución? O ¿hay algún procedimiento que lo impida? ¿Quién autorizó este procedimiento? (gerardobando)
Claro que sí. El pueblo es el originario del poder con el que organiza un Estado; puede cambiar de Constitución a través de una Asamblea Constituyente y para eso debe autorizarlo expresamente (como se hizo para convocar la Asamblea de Montecristi); también se puede reformar la Constitución y eso en la teoría se llama el poder constituyente derivado o delegado, es decir el mismo pueblo en su Constitución prevé los mecanismos de reforma que siempre son más complejos que por ejemplo cambiar una ley porque de lo contrario la Constitución perdería la jerarquía que tiene. También en su Constitución el pueblo puede establecer límites como lo hizo en Montecristi y por ejemplo regular que se pueden hacer reformas o enmiendas pero nunca quitándonos o retrocediendo en derechos, que es lo que expresamente prohíbe la Constitución y que en esta Consulta se pretende hacer a través de algunas preguntas.
4. Si gana el si, ¿la Asamblea debe aprobar directamente sin reformas los textos incluidos en los anexos de las enmiendas o estos entran directamente a regir sin necesidad de pasar por la Legislatura? (velafabricio)
Este procedimiento de aprobar artículos o reformas legales a través de los anexos no está regulado, yo entendería que tampoco permitido pues en el Derecho Público sólo se puede hacer aquello a lo que expresamente están facultadas las distintas funciones. Y eso lo debió haber impedido o al menos regulado la Corte Constitucional. Mi criterio es que si en esas preguntas gana el sí, de todas maneras tendrán que pasar por el procedimiento legislativo en la Asamblea Nacional pues en ningún lugar de la Constitución se prevé que una ley se expida de ninguna otra manera.

5. ¿Cuál es el alcance real de la enmienda sugerida para las medidas sustitutivas?
Ninguno. En la pregunta planteada originalmente por el Presidente el cambio más grande era que la detención con fines de investigación sea de 48 en lugar de 24 horas. Esto la Corte no lo permitió y termina haciendo un juego de palabras: en lugar del artículo que dice que la privación de libertad es excepcional, se reformaría a que la privación de libertad no puede ser la regla general (¡!) y que la ley fijará algunas otras normas para la aplicación de medidas cautelares. Esto ya lo dice el Código de Procedimiento Penal que hace más de un año prohíbe sustituir la prisión preventiva en ciertos delitos (delitos contra la vida, delitos sexuales, secuestro, entre otros).

En resumen, la pregunta del Ejecutivo tenía implicaciones más graves pero era inconstitucional, la Corte no la permitió pero en lugar de eliminar la pregunta la reformuló (supongo que para no tener ni la menor diferencia con el Presidente).

6. Si gana la pregunta 4, ¿quién hará los concursos para reorganizar las Cortes? ¿El Consejo transitorio? ¿El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social? (velafabricio)
Si gana la pregunta 4, no sólo la Corte Nacional y las Cortes Provinciales, sino también todos los jueces, fiscales, defensores públicos y notarios serán seleccionados por la Comisión Tripartita o lo que la Corte Constitucional llamó Consejo de la Judicatura Transitorio que está formado por un representante del Ejecutivo, uno del Legislativo y uno de la Función de Transparencia y Control Social (Función presidida por el Contralor). Es evidente entonces la injerencia de las otras funciones en todo el aparato judicial.
7. Me preocupa el tema de las competencias al consultar sobre asuntos cuya de aplicación en jurisdicciones territoriales. (Aldo_Vasquez_A)
Efectivamente, con el alcance de esta pregunta (sólo la de espectáculos públicos con muerte de animales tiene alcance cantonal) el Presidente se está arrogando funciones que les corresponden a los Concejos Cantonales. Pues sería suficiente con que cada Municipio regule estos temas a través de ordenanzas (como el Municipio de Cuenca que hace años prohibió las corridas de toros).

8. De perder o ganar la consulta, ¿Correa se irá a su casa o es sólo el típico teatro que se acostumbró a hacer? (LojanoAzul)
Habría que preguntarle al Presidente.

9. En cuanto a las empleadas domésticas que tienen que estar aseguradas en el IESS: Si una pareja gana 700 ¿cómo le reconoce beneficios? No todos ganan bien para mantener a una niñera, especialmente quienes no tienen a quien dejar los niños (eperasso)
Siempre ha sido obligatorio afiliar al IESS a los o las trabajadoras; la diferencia es que hoy la no afiliación se sanciona con multa y la obligación de pago y, de ganar el SI en esa pregunta, además se sancionaría con la cárcel.

Claro que es costoso tener una trabajadora apoyando las tareas del hogar, por eso sólo quienes tienen sueldos altos pueden permitírselo. Aquí el otro tema importante es que el Estado debe hacerse responsable por brindar (como parte del sistema educativo público) servicios de cuidado a niños y niñas menores de 5 años; pues imagínese si usted y su pareja tienen problemas para encontrar quien cuide a sus hijos, cómo hace una mujer que gana 260 dólares mensuales. En el Ecuador hoy en día, el servicio público más deficitario es de cuidado de infantes, sólo pueden acceder a él el 10% de quienes lo requieren.

10. ¿Cómo se garantiza que en 18 meses se va a reestructurar un monstruo administrativo tan grande como es la Función Judicial? (Galo Campaña)
Imposible garantizar algo así. Los problemas en la Función Judicial son estructurales y necesitan una reforma también estructural y con un mínimo de acuerdo. No creo que lo que se plantea en la Consulta sea la solución.  Si se trata de cambiar así la justicia, el próximo gobierno dirá que estos son los jueces de Correa y seguiremos discutiendo la reforma y la independencia de la Justicia.

11. ¿Acaso se está respetando la Constitución? (Franklin Calderón)
No. Muchas personas creemos que con el contenido de la Consulta se está violando la Constitución (aclaro, el mecanismo de consultar al pueblo es constitucional y es legítimo, el problema es lo que se pregunta y la forma en que se lo hace).

12. ¿Acaso no fueron los miembros de la Asamblea los que quieren violentar la misma? (Franklin Calderón)
Muy general, no se comprende la pregunta. Ni qué miembros (en la Asamblea hay 124 representantes), ni a qué tema se refiere.

13. ¿Existen leyes que afectan por ser exageradas y no representan el sentir de la mayoría, por qué no se han formulado las reformas del caso? (Franklin Calderón)
También es muy general la pregunta y no se refiere a ninguna ley en particular. Si se trata de la materia penal (creo que podría ser ese el tema ya que se relaciona a la Consulta con el grave problema de inseguridad que vive el país) en los últimos 5 años se han realizado 16 reformas penales…conclusión: el problema no está en la ley ni en las reformas.

14. Recordemos cómo se dio la elección del Consejo de la Judicatura, acaso la mayoría de los que ahora están en la Asamblea no tuvieron nada que ver en la conformación del famoso Consejo de la Judicatura (Franklin Calderón)
El actual Consejo de la Judicatura fue electo antes de la Asamblea Constituyente y en los términos de la Constitución de 1998. Luego de la aprobación de la Constitución de Montecristi la Corte Constitucional destituyó a dos de sus integrantes en aplicación del principio de que los regulados no pueden ser reguladores. Ni la Constituyente ni la actual Asamblea han tenido nada que ver en la conformación del actual Consejo.

15. ¿La pregunta es sobre la corrida de toros o la pelea de gallos? (jess Suárez)
Sobre ninguno en particular, la pregunta dice: ¿Estaría de acuerdo en prohibir espectáculos públicos cuya finalidad sea la muerte de un animal? Extraña pregunta y se presta para mucho debate pues me imagino que la finalidad de ningún espectáculo es la muerte del animal; se podrá argumentar que se trata de expresiones culturales, de prácticas ancestrales; de actividades que tienen como fin la recreación, etc. Dependiendo de la interpretación se podrá prohibir todo (hasta comer ceviches) o nada.

Comentarios

  1. Puedo entender que Ruptura no esté de acuerdo con la intromisión en el poder judicial, puedo entender talvez que no se coincida con las limitaciones al poder de los medios, o la prohibción de los juegos de azar, pero... ¿votar que no a todo? ¿no sería mejor respaldar las preguntas que significaran un cambio positivo? ¿no merece por ejemplo la criminalización de la no afiliación del trabajador al IESS un voto positivo? Otros movimientos de izquierda han tomado la postura de un no por temas ¿por qué ustedes no?

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Todos los comentarios que aporten al debate respetuoso de ideas son bienvenidos. Agresiones personales no se consideran comentarios.

Entradas populares