NOTAS SOBRE EL VETO A LA LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Con las modificaciones que se sugieren en el veto (que deben todavía ser sometidas a votación); algunos puntos importantes de la Ley de Educación Superior serían:

LO BUENO:
  • El 60% de la planta docente de las universidades deben ser profesores a tiempo completo (dos años de plazo para alcanzar ese porcentaje).
  • L@s profesores a tiempo completo deben tener título de cuarto nivel (Ph. D) (siete años de plazo para cumplir este requisito).
  • El 6% del presupuesto de las universidades debe destinarse a la investigación y publicación.
  • El 10% de l@s alumn@s de las universidades privadas deben tener becas completas.
  • Para ser dirigente estudiantil se requiere haber aprobado el 50% de la malla curricular y no haber reprobado ninguna materia.
  • Las rentas correspondientes y el incremento del FOPEDEUPO se asignará a universidas públicas, privadas y politécnicas.
  • Las universidades privadas que reciben asignaciones seguirán recibiéndolas y sólo podrán destinarlas a becas de estudio o investigación.
  • Las universidades que realicen actividades económicas, comerciales o productivas deberán crear para ese efecto personas jurídicas distintas a la universidad pues no pueden beneficiarse de exoneraciones tributarias o de aranceles para estas actividades. Así mismo deberán reconocer el pago de sus salarios a profesores y estudiantes que trabajen en estas empresas.
  • Los profesores serán remunerados según una ley de escalafón para el sector y tendrán derecho a un año sabático cada seis años de funciones; es decir un año que podrán dedicar al estudio o la investigación y seguirán recibiendo su remuneración.
  • Se prohíbe el cobro por derechos de grado u otorgamiento de título.
  • Se garantiza la gratuidad pero no se cubre la segunda ni tercera matrícula.

LO MALO (según mi opinión)

  • En lo que se refiere al mecanismo de designación de autoridades académicas la ley hace una excepción para las universidades militares y las que se han acogido al modus vivendi; estas universidades, en este tema no están obligadas a regirse por la ley, sino por sus propios estatutos. Estas excepciones no son correctas ni justificables en un Estado de Derecho (en donde todos se someten a la ley) y menos en un Estado Laico (pues este trato excepcional / preferencial se hace sólo con las universidades católicas estableciendo así un tratamiento desigual, injustificado, que no tiene ninguna otra organización religiosa).

Comentarios

  1. Estimada Maria Paula,
    Entonces, en su opinion, considera que la Ley vetada, es buena para el país?

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  2. A ver doña Romo antes que nada veo que que ha habilitado la moderación de comentarios, lo que me lleva a preguntarle dónde queda el cuento de la "censura previa" que tanto le imputan a la prensa corpporativa conservadora. Desde ahí ya empieza a mostrarse doña Paula, a pesar de que muchos ecuatorianos ya la conocemos por su dialéctica tramposa y rebuscada.
    No estoy completamente al tanto del proyecto de ley de universidades pero, por lo que he visto en los noticieros ora opiniones, ora criticas, ora apoyos, he llegado a concluir que la tan cacareada ley es otra versión más del cuento del gallo pelón.
    Usted doña Paula no tiene ni ¡p...a! idea de los problemas de la educación pública, porque usted es una curuchupa que estudió en una universidad privada católica, supongo que también lo hizo en su paso por la escuela y el colegio. Curuchupa, como Correa, Patiño, Falconí, etc, etc, etc.... Entonces, usted, desconoce la realidad de la universidad pública. Yo sí soy un graduado de una universidad pública, y conozco el relajo que predomina en esos ambientes y sé que con esos remiendos groseros no se cambiará nada, porque a ustedes los curuchupas no les interesa que cambie. ¿Cierto?
    Veo que incluye entre lo que considera "positivo" de la ley, el cuarto titulo como requisito para ser profesor. Esa es una sinvergüencería que ustedes se inventaron para sacar plata a la gente.
    Si no es así, por qué entonces, no se declaró el derecho de todos los graduados a acceder a la gratuidad del cuarto título. Usted sabe muy bien que todo se limita a esto: $$$$$$$$$$$$$$$$$$$$ y nada más que esto: $$$$$$$$$$.
    ¿Cierto?

    Esperando que la cobarde e infame censura socialista no impida la publicación de mi comentario me despido.

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  3. María Paula... En qué artículo está este tópico?

    "Las universidades que realicen actividades económicas, comerciales o productivas deberán crear para ese efecto personas jurídicas distintas a la universidad pues no pueden beneficiarse de exoneraciones tributarias o de aranceles para estas actividades. Así mismo deberán reconocer el pago de sus salarios a profesores y estudiantes que trabajen en estas empresas."

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