MUY INTERESANTE: Corte Europea de Derechos sobre libertad de culto.

Estrasburgo / Agencias.- La Corte Europea de Derechos Humanos falló ayer a favor de que las escuelas públicas italianas retiren los crucifijos y otros símbolos religiosos de sus aulas, determinación que cierra un proceso judicial de ocho años. El Gobierno de Italia anunció que recurrirá esa decisión y el Vaticano expresó su “estupor y pesar” por esa resolución.

El tribunal de Estrasburgo consideró que “la exhibición obligatoria del símbolo de una determinada confesión en instalaciones utilizadas por las autoridades públicas, y especialmente en aulas”, restringe los derechos paternos a educar a sus hijos “en conformidad con sus convicciones”.

El fallo agrega que esa exhibición del símbolo cristiano también limita “el derecho de los niños a creer o no creer”.

La sentencia de la Corte de Estrasburgo, aprobada de manera unánime, dio la razón a Soile Lautsi, una madre italiana residente en Abano Terme, con dos hijos de 11 y 13 años, respectivamente, quienes en el periodo 2001-2002 asistieron a clase en el instituto público Vittorino da Feltre, de esa localidad (noreste de Italia).

Lautsi vio que las aulas tenían un crucifijo y estimó que eso era contrario al principio de secularidad en el que pretendía que se educara a sus hijos; presentó una reclamación, pero la dirección de la escuela decidió dejar los símbolos religiosos en su lugar.

Posteriormente, acudió ante las autoridades regionales, quienes llevaron el asunto al Tribunal Constitucional italiano, ante el cual el Gobierno defendió que la exhibición del crucifijo era “natural” porque no sólo es un símbolo religioso sino la “enseña” de la única iglesia citada en la Constitución italiana (la Iglesia Católica).

El Constitucional italiano se pronunció luego, el 15 de diciembre de 2004, y consideró que no tenía jurisdicción sobre el asunto al estar relacionado con normas estatutarias y no legislativas.

Un tribunal administrativo falló en marzo de 2005 en contra de la demandante, al considerar que la cruz es tanto un símbolo de la “historia y la cultura” italianas “y, consecuentemente, de la identidad italiana”, así como de los principios de “igualdad, libertad y tolerancia”, según un comunicado del Tribunal de Estrasburgo.

Posteriormente, el 13 de febrero de 2006, el Consiglio di Stato rechazó la demanda porque consideró, por su parte, que el crucifijo se había convertido “en uno de los valores seculares de la Constitución italiana y representaba los valores de la vida civil”.

El asunto fue después llevado al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que ahora estima que la presencia obligatoria del símbolo en instituciones públicas “podría interpretarse fácilmente por alumnos de todas las edades como un signo religioso”. Aunque estima que esa exhibición “puede ser alentadora para los alumnos religiosos”, añade que también puede ser “molesta” para quienes practiquen otras religiones.

“El Estado debía de abstenerse de imponer creencias en lugares de los que dependen las personas. En concreto, se debía observar una neutralidad confesional en el contexto de la educación pública”, precisa el Tribunal en su decisión sobre el caso entre Lautsi y el Estado italiano.

En su resolución, agrega que este caso afecta a la educación pública, “donde la asistencia a clase era obligatoria independientemente de la religión, y donde el objetivo debería ser estimular el pensamiento crítico de los alumnos”.

El Tribunal asegura que no pudo llegar a determinar cómo la exhibición en aulas de escuelas públicas del crucifijo, un símbolo que “podría asociarse de manera razonable con el catolicismo (...), podría servir al pluralismo educativo que es esencial para proteger a una ‘sociedad democrática’”.

Añade que en el caso presentado por la demandante se produjo una violación de los artículos 2 y 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

(nota tomada de laprensa.com.bo)

Comentarios

Entradas populares