El alcance del Estado Laico

Uno de los temas de especial importancia en la redacción del nuevo texto Constitucional es la definición expresa del Estado Laico. Instalados en la tierra de Alfaro y reivindicando el valor de su lucha, éste es un compromiso ineludible. Sin embargo no será suficiente el usar el adjetivo “laico” para definir nuestro Estado, resulta indispensable comprender el alcance del término y organizar el Estado en consecuencia con esa declaración.

A pesar de que la construcción de Estados laicos llevan más de cien años en distintos lugares del mundo occidental; el debate sigue vigente. La llegada al poder del conservador Sarkozy y la proximidad de las elecciones en España avivan el debate sobre la influencia religiosa en los procesos políticos. Sobre el tema, Josep Ramoneda, escribe un interesante artículo en el Diario El País del 31 de enero del presente año; reproduzco un párrafo que contribuye también a nuestro debate:

“¿Qué es un país laico? Un Estado en que las iglesias no puedan determinar la acción del poder político, pero en las que el poder político no pueda intervenir sobre las iglesias, salvo en el caso en que éstas desafíen a la ley con el delito. Y, por supuesto, nunca en cuestiones de teología y principios doctrinales.

Las religiones son inefables -se sitúan fuera de toda posibilidad crítica-. Las religiones pretenden tener la exclusiva de la verdad e imponérsela a todos los hombres. “¿Qué puedo hacer para que otros s.e salven y para que surja también para ellos la estrella de la esperanza?”, es una pregunta imperativa que el Papa Ratzinger hace en la encíclica Spe Salvi. Las religiones entienden que la legitimidad del poder emana de Dios y no de los hombres. Estas tres características las hacen incompatibles con las bases del sistema democrático. Por eso deben mantenerse al margen de las decisiones políticas. La coartada religiosa no es argumento para saltarse las leyes democráticas. Y, sin embargo, el Estado democrático tiene la libertad de expresión y de creencia como principio fundamental. Por eso, no debe intervenir sobre las ideas religiosas. Esta clara división de papeles es la que quiere confundir en Europa una nueva santa alianza de la derecha y el altar.”

Para revisar el artículo completo, los invito a buscar en el siguiente vínculo: http://asambleaconstituyente.gov.ec/blogs/maria_paula_romo/files/2008/02/alianza-derecha-y-altar-ramoneda.pdf

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