tag:blogger.com,1999:blog-7022222319478203962.post5255089331378195790..comments2023-08-21T09:37:45.222-05:00Comments on María Paula Romo Rodríguez: El Presidente decretó ayer Estado de Excepción en la Función Judicial. ¿De qué se trata?María Paula Romo Rodríguezhttp://www.blogger.com/profile/11337370663741354857noreply@blogger.comBlogger3125tag:blogger.com,1999:blog-7022222319478203962.post-36947325498338895182011-09-06T15:50:29.859-05:002011-09-06T15:50:29.859-05:00No hacen falta traer tantos argumentos legales pa...No hacen falta traer tantos argumentos legales para concluir que declarar el estado de excepción a la justicia es más una herramienta para llamar la atención sobre el tema que una medida apegada a la constitución y las leyes.<br /><br />No estuve nunca de acuerdo con la consulta pues se podían generar estos cambios con lo mecanismos previstos en la constitucion incompleta, pero constitucion al fin y al cabo.<br /><br />Digo constitución incompleta porque cuando funcionaba la asamblea se debio meter mano, cuerpo y alma a la justicia. Con una asamblea de plenos poderes que no se atrevio a usarlos por el puritanismo de Alberto Acosta y otros ingenuos que aupados por los medios dejaron sin tocar el tema judicial.<br /><br />Saludos Maria PaulaGalo Castillonoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7022222319478203962.post-32419643204869894412011-09-06T13:57:17.989-05:002011-09-06T13:57:17.989-05:00Estimada Maria Paula,
De acuerdo al texto constitu...Estimada Maria Paula,<br />De acuerdo al texto constitucional citado por el Decreto en mencion, la facultad de declarar el estado de excepcion se refiere unica y exclusivamente a un Territorion, lugar o espacio fisico determinado. <br /><br />La funcion judcicial no es un territorio, es por el contrario, una institucion o persona juridica, pues de su organico funcional se colige que tiene un representante legal. <br /><br />De lo anteriormente dicho, no cabe a lugar el tantas veces citado decreto. Me parece, y con todo respeto a los companeros artesanos carpinteros, que fue uno de estos quien le asesoro a nuestro presidente para que decrete tal.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-7022222319478203962.post-26097304661975015482011-09-06T12:14:20.954-05:002011-09-06T12:14:20.954-05:00De la revisión del contenido de este decreto se po...De la revisión del contenido de este decreto se podría discutir si procedía o no, si se cumplen los supuestos constitucionales para declararlo, pero sobretodo cuál es el objetivo de hacerlo?? Para nombrar jueces -lo cual es necesario hace años- no se necesita emergencia ni se necesitaba consulta. Para modernizar y digitalizar la Función Judicial no se necesita emergencia ni se necesitaba consulta (además nadie en su sano juicio se opondría). La Consulta entonces, entre otros motivos, se realizó para permitir la intervención directa en la justicia y el saltarse procedimientos, este decreto para qué se necesita? Tal vez para ejecutar el presupuesto sin seguir las leyes vigentes sino a través de contrataciones directas. Será? comprenderemos mejor con el paso de los días.María Paula Romohttp://www.paularomo.blogspot.comnoreply@blogger.com